LEY ORGÁNICA 1/1996, DE 15 DE ENERO

LEY 1/1996, DE 15 DE ENERO

ARTÍCULOS

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CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
CEDAW
CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER

CEDAW

Artículo 9

Artículo 9


Nacionalidad. Los países deben garantizar que las mujeres y los hom- bres tengan los mismos derechos para adquirir, conservar o cambiar su nacio- nalidad y la nacionalidad de sus hijos e hijas. Los países deben permitir que las mujeres transfieran su nacionalidad a sus parejas extranjeras en igualdad de con- diciones con los hombres.

Nacionalidad. Los países deben garantizar que las mujeres y los hom- bres tengan los mismos derechos para adquirir, conservar o cambiar su nacio- nalidad y la nacionalidad de sus hijos e hijas. Los países deben permitir que las mujeres transfieran su nacionalidad a sus parejas extranjeras en igualdad de con- diciones con los hombres.